AGRO 2.0

AGRO20 ESPAÑA El BOE recoge la modificación de los órganos de control de los transgénicos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la modificación del régimen jurídico y la composición de los organismos competentes en materia de transgénicos, referido a la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de estos organismos genéticamente modificados (OMG). El Real Decreto incluido en el BOE, el 191/2013, modifica otras leyes anteriores de los años 2003 y 2004, que estaban inspiradas en los principios de prevención y cautela, para evitar efectos adversos en la salud humana y el medio ambiente. El objetivo de la modificación que se publica ahora es adecuar la composición del Consejo Interministerial de organismos modificados genéticamente y la Comisión Nacional de Bioseguridad; e introducir un cambio en la designación del Punto Focal Nacional y Autoridad Nacional Competente para el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad.

    De manera que el Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente estará integrado por un presidente, cargo que recaerá en la Secretaria General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama); un vicepresidente, puesto que ocupará el Director General de Producciones y Mercados Agrarios y diez vocales.

     Los vocales procederán de los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; de Interior; de Economía y Competitividad; de Educación, Cultura y Deporte, y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

      También formará parte del Consejo el presidente de la Comisión Nacional de Bioseguridad y se crea un Comité de Participación, que será el órgano de interlocución e información entre los ciudadanos y la administración en asuntos relacionados con transgénicos.

     El comité estará compuesto por quince profesionales procedentes de los sectores implicados, de las organizaciones agrarias nacionales, las cooperativas agroalimentarias, las organizaciones de consumidores y las organizaciones conservacionistas.

     En cuanto a la Comisión Nacional de Bioseguridad, se establece que el cargo de presidente sea ocupado por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural; mientras que la vicepresidencia se designará entre los vocales en representación de la administración nombrados por el Magrama.

     También formarán parte de la comisión dieciocho vocales procedentes de los ministerios antes mencionados y un representante de cada una de las Comunidades Autónomas.

     El Real Decreto también dispone que la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, en coordinación con la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, asuma las funciones relativas al movimiento transfronterizo de OGM.

fuente agroinformación

Visitas: 20

Comentar

¡Necesitas ser un miembro de AGRO 2.0 para añadir comentarios!

Participar en AGRO 2.0

Automatic translator

AGRO 2.0

Miembros

Visitas (desde 24-04-12)

Distintivo

Cargando…

© 2024   Creado por AGRO 2.0.   Tecnología de

Emblemas  |  Reportar un problema  |  Términos de servicio