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AGRO20 PERÚ: establece requisitos fitosanitarios en importación de productos de Italia y Chile

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de determinados productos de Italia y Chile.

En primer lugar estableció los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas in vitro de kiwi (Actinidia deliciosa (A.Chev.) C.F. Liang & A.R. Ferguson y Actinidia chinensis Planch) de origen y procedencia de Italia con fines de propagación.

Según una resolución directoral del Senasa, ante el interés de la empresa Exportadora Safco Perú S.A. en importar plantas in vitro de kiwi de origen y procedencia Italia, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal inició el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importación del mencionado producto.

Como resultado de dicho estudio, la Subdirección de Cuarentena Vegetal estableció los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias.

La importación deberá contar con requisitos como el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, y obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

Asimismo, el envío deberá venir acompañado de una declaración adicional de que las plantas in vitro de kiwi proceden de plantas madres oficialmente inspeccionadas por la organización respectiva.

Los envases serán nuevos, transparentes, herméticamente cerrados y que contengan un medio de cultivo estéril.

El proceso de cuarentena pos entrada tendrá una duración de ocho meses

Asimismo, se establecieron los nuevos requisitos fitosanitarios para la importación de material vegetativo (estacas enraizadas y estacas sin enraizar) de vid (Vitis spp) de origen y procedencia de Chile

En julio de 2012 se detectaron envíos de material vegetativo de vid procedente de Chile incumpliendo los requisitos fitosanitarios para su importación, razón por la cual se realizó una visita técnica a ese país en octubre de ese año, con la finalidad de supervisar los lugares de producción y reevaluar los requisitos fitosanitarios.

Así, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Chile corroborará la existencia de ambientes de recepción, refrigeración, producción y empaques aislados y que el material procede de un programa de producción bajo certificación oficial o de viveros o centros repositorios de germoplasma, que se encuentran bajo control vigente del SAG Chile.

El SAG remitirá anualmente al Senasa a inicios de cada temporada de exportación la relación actualizada de viveros autorizados a exportar al Perú.

Igualmente, el envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.


Fuente: Andina

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